FSC-CCOO Sector Administración de Justicia | 13 octubre 2024.

Nota informativa sobre la convocatoria de las bolsas de interinos de la Administración de Justicia en Cantabria

    La Dirección General de Justicia y Víctimas del Terrorismo del Gobierno de Cantabria ha publicado en su página web la siguiente nota informativa sobre la convocatoria anticipada de las bolsas de personal interino de Médicos Forenses, Gestión Procesal y Administrativa y Tramitación Procesal y Administrativa

    26/08/2024.
    Interinos Justicia

    Interinos Justicia

    NOTA INFORMATIVA CONVOCATORIA BOLSA INTERINOS

    Fecha de publicación: 26/08/2024

    RESUELVE TUS DUDAS MÁS FRECUENTES

    NOTA INFORMATIVA SOBRE LA CONVOCATORIA DE BOLSAS DE INTERINOS DE JUSTICIA

    ¡IMPORTANTE! Las nuevas bolsas derivadas de la convocatoria anticipada, publicada en el BOC el día 9 de agosto, sustituirán y dejarán sin efecto una vez sean publicadas a las actualmente vigentes del año 2023. Se excluye de lo anterior la bolsa del Cuerpo de Auxilio Judicial del año 2023, que permanecerá vigente hasta que se convoque y constituya una nueva bolsa de este Cuerpo

    En consecuencia, para formar parte de las nuevas bolsas, es imprescindible presentar la solicitud a la convocatoria publicada el 9 de agosto, que se extenderá hasta el día 10 de septiembre incluido

    Si el solicitante lo desea, los méritos a aportar serán únicamente los obtenidos con posterioridad a la constitución de la bolsa anterior siempre que el solicitante ya formara parte de la misma, sin perjuicio de la obligatoriedad de efectuar una autobaremación de la totalidad de los méritos recogidos en el punto undécimo de la Resolución

    Los cursos baremados pierden vigencia a los cinco años de su celebración y se deberá tener en cuenta esta circunstancia

    Quienes no estaban incluidos en la bolsa anterior deben presentar la documentación acreditativa de todos los méritos que invoquen

    En todo caso habrán de acreditarse los requisitos de participación que no se encuentren acreditados y vigentes previamente con referencia a la fecha de finalización de presentación de las solicitudes

    RESOLUCIÓN DE CONSULTAS MÁS FRECUENTES PLANTEADAS POR LOS ASPIRANTES

    1.- Es requisito de participación haberse presentado a cualquiera de los dos procesos selectivos últimos (ordinario o extraordinario) hayan o no finalizado

    La reserva de nota equivale al requisito de haberse presentado al proceso correspondiente

    2.- A efectos del cómputo del mérito consistente en haber superado uno o más ejercicios del último proceso finalizado, el proceso selectivo ha de haber terminado completamente. Se entiende finalizado con resolución del Tribunal Calificador Único que recoge el listado de aprobados del proceso selectivo

    3.- Servirá como prueba de haberse presentado a los exámenes, en caso de que al fin del periodo de presentación de las solicitudes no se haya expedido el correspondiente certificado, la petición cursada a la dirección de correo procesos.selectivos@mjusticia.es, sin perjuicio de su acreditación con carácter previo a la primera toma de posesión como interino

    4.- Para la acreditación del mérito referente a la superación de una o más pruebas selectivas, el candidato puede adjuntar a su solicitud de participación una fotocopia del listado de aprobados que publica el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

    5.- En el caso del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, sin perjuicio de los medios alternativos de acreditación previstos en el párrafo 4º del punto quinto de la convocatoria, el conocimiento en procesamiento de textos y las pulsaciones exigidas, se acreditarán con una certificación expedida por centro oficial, entendidos como tales las Universidades públicas y privadas, centros de formación profesional y demás instituciones y entidades del sistema educativo, o centros homologados para impartir formación para la Administración, debiendo en el caso de estos últimos constar en la certificación referencia a la resolución en que se acuerde la homologación

    Sin perjuicio de lo anterior, se tendrá como acreditación suficiente lo también recogido en el punto Quinto, apartado 4, letras a), b) y c). En aplicación del apartado c, se acepta cumplido el requisito con la superación de cualquier examen de ofimática en el ámbito de cualquier Administración Pública

    6.- A efectos de acreditar la titulación exigida como requisito y, en su caso, como mérito será suficiente con aportar una fotocopia, sin perjuicio de presentar en esta Dirección General el original para su comprobación con carácter previo a la primera toma de posesión como interino

    7.- Todos los candidatos habrán de solicitar a esta Dirección General la acreditación de los servicios prestados para la Administración de Justicia en Cantabria, a cuyo fin se pone a su disposición en esta misma una solicitud específica como anexo “SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS”

    NOTA INFORMATIVA

    MODELO SOLICITUD CERTIFICADO SERVICIOS PRESTADOS