FSC-CCOO Sector Administración de Justicia | 13 octubre 2024.

Asturias: ampliación del período de disfrute de vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2023

    Información recibida de la Viceconsejería de Justicia del Gobierno del Principado de Asturias

    15/12/2023.
    vacaciones

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    Asunto: Ampliación del periodo de disfrute de vacaciones y asuntos propios correspondientes a 2023 

    Como consecuencia de la huelga convocada en abril de este año entre los funcionarios de los cuerpos generales y especiales de la Administración de Justicia, por la Viceconsejería de Justicia se comunicó que, con carácter general, no se concederían permisos y/o licencias sujetos a autorización previa (vacaciones y asuntos particulares) solicitados con posterioridad al 12 de abril de 2023. Esta situación se prolongó hasta finales del mes de julio

    Teniendo en cuanta esta circunstancia y la consiguiente acumulación de días de vacaciones y asuntos particulares pendientes de disfrutar y para garantizar que el servicio público pueda quedar adecuadamente atendido con ocasión de las fiestas de los meses de diciembre de 2023 y enero de 2024, procede autorizar el disfrute de estos a lo largo del primer trimestre de 2024

    Por lo expuesto, se comunica que el personal funcionario de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia en el ámbito gestionado por el Principado de Asturias, siempre que concurran las circunstancias y requisitos previstos en la ley para su concesión: 

    1.- Podrán, como regla general, disfrutar hasta el 31 de enero de 2024 las vacaciones y días de permiso por asuntos particulares correspondientes a 2023

    2. Se podrá autorizar también el disfrute de las vacaciones, correspondientes al año 2023, hasta el 31 de marzo de 2024 al personal funcionario de los Cuerpos Generales y Especiales de la Administración de Justicia del Principado de Asturias: 

    - Destinados en aquellas unidades donde, de no hacerlo y dada su naturaleza y funciones, así como la imposibilidad de arbitrar mecanismos de sustitución, se produzca un riesgo cierto o incluso el colapso de la prestación ordinaria de servicios públicos durante los meses de diciembre y enero de 2023; o bien 

    - En aquellos casos específicos de peticiones de disfrute durante 2023 que hayan sido denegadas expresamente, cuando el motivo de la denegación haya estado fundamentado en la convocatoria de huelga

    3. Además, y con carácter excepcional, hasta el 31 de marzo de 2024 podrán disfrutar de tres de los días de permiso por asuntos particulares que les correspondan del año 2023 y no hubieren consumido hasta el 31 de enero de 2024