Todo lo relativo a la salud laboral del personal funcionario del ámbito no transferido de la Admón. de Justicia viene recogido en este Manual, elaborado por el Subdirector General y aprobado por el Secretario General. Un Manual creado desde la base ya de una ilegalidad, toda vez que debería haber sido negociado con los representantes de los trabajadores (Delegados/as de Prevención) pero no ha sido así, nos ha sido impuesto sin ningún tipo de negociación
Tampoco están negociados los Protocolos, como así este sindicato ya ha denunciado en relación con alguno de ellos ante la Inspección de Trabajo
Este Manual de Prevención recoge la obligatoriedad de crear una Comisión de Prevención de Riesgos Laborales, la cual a día de hoy no ha sido creada
Algunos de los puntos que recoge el MPRL están obsoletos, ya que ha habido modificación de las condiciones de trabajo y no se ha llevado a cabo la revisión de dichos MPRL, tal y como se establece en el artículo 16.a de la LPRL
Alguno de los puntos que se encuentra obsoletos son:
- El colectivo de trabajadores incluye al personal laboral. Sin embargo, según tenemos constancia, actualmente ya no pertenecen al colectivo al que se le aplica este MPRL
- Tal y como le consta a CCOO, los fiscales provinciales no forman parte de los comités de seguridad y salud como representantes de la Administración. Sin embargo, en el MPRL se recoge como una de sus funciones
- El número de los delegados/as de prevención asignados a las provincias en algunos casos es erróneo
En relación a las medidas de emergencia y primeros auxilios, el propio MPRL recoge que tanto los planes de autoprotección como los planes de emergencia deben de mantenerse al día. Sin embargo, en muchos centros de trabajo llevan varios años sin hacer simulacros de actuación ante un caso de emergencia, incluso en algún caso nunca se han realizado
En el ámbito no transferido se cuenta con un protocolo de acoso interno. Sin embargo, teniendo en cuenta la actividad que se desarrolla en nuestros centros, donde muchos de los trabajadores y trabajadoras lo hacen de cara al público, vemos necesaria la creación de un Procedimiento de actuación ante agresiones externas de usuarios, que de hecho este sindicato hace unos meses ha solicitado. A título de ejemplo hacemos mención al Procedimiento con el que cuenta la Comunidad de Andalucía
Y, por último, uno de los riesgos que también tiene mayor repercusión en nuestra actividad es la exposición a los riesgos psicosociales y, sin embargo, en el MPRL no se hace mención de ellos
Teniendo en cuenta todo lo anterior, CCOO ha solicitado la revisión y modificación del MPRL así como de los Protocolos de Actuación, previa consulta con los delegados y delegadas de prevención con anterioridad a su aprobación, con el único fin de que la integración de la prevención de riesgos laborales en la Administración de Justicia se haga de forma real y efectiva