CCOO PRESENTA NUMEROSAS PROPUESTAS AL CONSEJO DE MUGEJU, PARA DEFENDER A LAS MILES DE PERSONAS MUTUALISTAS ANTE LAS ENTIDADES MÉDICAS (EEMM) QUE, EN LOS MOMENTOS MÁS DUROS, COMO LA PANDEMIA, HAN PUESTO SUS INTERESES POR ENCIMA DEL DE LAS PERSONAS.
- Entre las propuestas, que CCOO hemos presentado, a la Presidenta del Consejo de Mugeju, destacamos que exigimos a las EEMM el respeto a los derechos de las personas mutualistas en la asistencia médica en caso de Covid y el abono de prestaciones económicas. CCOO exige además que se denuncie a las EEMM por su intolerable actuación durante la pandemia.
- Asimismo, CCOO reclamamos que, en la elaboración del concierto sanitario para el año 2022 y años venideros, se atiendan propuestas imprescindibles para su mejora, mediante la participación de las y los representantes de mutualistas. Así como que las personas pensionistas de Mugeju dejen de ser discriminados en el abono de las recetas en relación con los de la Seguridad Social.
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Resumen de las propuestas que CCOO ha presentado para el debate en este Consejo de Mugeju:
1.- PROPUESTA SOBRE ASISTENCIA MÉDICA EN CASO DE COVID PARA MUTUALISTAS Y BENEFICIARIOS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL Y ABONO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS |
Demandamos que se informe de forma clara en la página web de la Mugeju, no mediante enlaces a documentos, que a los y las mutualistas y sus beneficiarias y beneficiarios adscritos a EEMM que, por presentar síntomas de Covid se les haya prescrito una prueba PCR o test de antígenos, si ésta no es realizada por los servicios adscritos a la EEMM correspondiente en las 24 horas siguientes desde la solicitud de su realización, se considerará denegación injustificada de asistencia, por lo que podrán hacerse la prueba en cualquier otra entidad y cursar su abono a la EEMM correspondiente, bien directamente bien a través de la oportuna Comisión Mixta Provincial de la Mugeju, asegurándose de antemano por la Mugeju el pago a la persona afectada del importe de la prueba.
CCOO demanda, entre otras reclamaciones sobre la asistencia médica en caso de Covid, que Mugeju exija a las EEMM la realización de un test de antígenos o PCR con resultado negativo a los y las mutualistas activos que, habiendo sido diagnosticados de Covid-19, deban incorporarse a la actividad laboral tras el periodo de aislamiento o recuperación, cuando así lo dispongan las autoridades sanitarias del Gobierno Central o de la Comunidad Autónoma en que resida el o la mutualista.
Que por la Mugeju se establezca una ayuda para el abono de las pruebas PCR que se hagan voluntariamente las y los mutualistas activos que hayan sido diagnosticados de COVID sin que hayan precisado de ingreso hospitalario, para los casos en que se produzca el alta médica para reincorporarse a la actividad laboral sin la realización de una prueba previa PCR conforme los criterios establecidos por la Comunidad Autónoma correspondiente.
Que se exija a las EEMM el cumplimiento de lo dispuesto en el documento “ESTRATEGIA DE DETECCIÓN PRECOZ, VIGILANCIA Y CONTROL DE COVID-19” elaborado por el Ministerio de Sanidad, en todo lo relativo a la Atención Primaria y asistencia médica.
CCOO exige que este Consejo realice una denuncia a la mayoría de las EEMM, que, en vez de constituirse en defensores de los derechos de las personas mutualistas en relación con el Covid, han constituido un obstáculo y han impedido la realización de las pruebas PCR a las personas mutualistas y beneficiarias que lo necesitaban.
2.- PROPUESTA SOBRE ELABORACION DEL CONCIERTO SANITARIO PARA EL AÑO 2022 Y AÑOS VENIDEROS |
CCOO exige que por el Consejo General de la Mutualidad General Judicial se rechace que, como ocurrió en los años 2013 y 2017, se suscriba un nuevo Concierto que pueda conllevar recortes en prestaciones y medios por parte de las Entidades de Seguro, sin mejora alguna a favor de los mutualistas, y todo ello sin dar cuenta ni permitir la participación de los y las representantes de los y las mutualistas en su elaboración, propuesta o informe.
3.- PROPUESTA SOBRE CARTA DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS BENEFICIARIOS Y LAS BENEFICIARIAS DE LA MUGEJU ANTE LAS EEMM. |
Dicha carta debe recoger lo dispuesto en el Convenio para la protección de los derechos humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina (Convenio relativo a los derechos humanos y la biomedicina), hecho en Oviedo el 4 de abril de 1997; la Carta Europea de los Derechos de los Pacientes, hecha en Roma en noviembre de 2002; la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica; la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás normativa de aplicación.
4.- PROPUESTA SOBRE APORTACIONES POR RECETA MEDICA A LOS Y LAS PENSIONISTAS DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL |
CCOO exige que el Consejo General de la Mutualidad General Judicial denuncie el trato discriminatorio que sufren nuestros y nuestras pensionistas y sus beneficiarios y beneficiarias, que tiene que aportar con carácter general un 30 % del precio del medicamento cualquiera que sea su nivel de renta, sin límite máximo de aportación mensual, lo que puede poner en riesgo la salud de muchos y muchas pensionistas que no pueden afrontar el pago de medicamentos precisamente cuando por sus circunstancias de edad y estado de salud más lo requieren.
5.- PROPUESTA DE DESARROLLO NORMATIVO DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL Y PERMANENTE DE LOS Y LAS MUTUALISTAS |
- Regulación sobre la expedición de los modelos de partes médicos de baja por incapacidad temporal, maternidad, riesgo durante el embarazo y la lactancia, partes de confirmación, periodicidad de su expedición en todos los supuestos, y alta. Competencia para la aprobación y modificación de dichos modelos. Tramitación electrónica de los mismos.
- Competencia y procedimiento para el reconocimiento, control y seguimiento de la incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. Posibilidad de revisión de altas.
- Competencia y procedimiento para la determinación y revisión de las contingencias, comunes o profesionales, que dieron lugar a la incapacidad, y reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio conforme el art. 59.2 del Reglamento del Mutualismo Judicial.
- Competencia y procedimiento para la declaración de jubilación por incapacidad permanente o por reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente absoluta o incapacidad permanente total en relación con el ejercicio de las funciones de su cuerpo o escala, derivada de una situación de incapacidad temporal, incluyendo la coordinación de las actuaciones de la Mutualidad General Judicial y las del órgano de jubilación conforme el art. 83.1 Reglamento del Mutualismo Judicial, así como la revisión de la incapacidad permanente que pudiera dar lugar a la modificación del grado de incapacidad.
6.- PROPUESTA SOBRE COMPOSICIÓN Y FORMA DE ELECCION DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO GENERAL DE LA MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL Y DE LA COMISIÓN RECTORA |
CCOO reitera que el Consejo General de la Mutualidad General Judicial debe instar al Gobierno de la Nación a modificar el Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial, en lo relativo a la composición y sistema de elección de los miembros del Consejo General de la Mutualidad General Judicial y de la Comisión Rectora, a fin de que todo el colectivo de mutualistas esté representado democráticamente y en condiciones de igualdad en dichos órganos, sin privilegio alguno, y para que los y las mutualistas puedan elegir a quienes les representen ante dichos órganos.
Enlaces a algunas de las actuaciones que CCOO hemos venido realizando, desde la aprobación del Real Decreto 96/2019, para combatirlo, norma que eliminó la democracia y la participación de las miles de personas mutualistas en la gestión y control de Mugeju: