FSC-CCOO Sector Administración de Justicia | 26 diciembre 2024.

Incidencia en la presentación de la Acción Social del ámbito no transferido

    El Ministerio nos ha comunicado que se están presentando multitud de solicitudes sin acompañar la documentación correspondiente.

    14/04/2021.
    Acción Social 2015

    Acción Social 2015

    La sección de Acción Social del Ministerio de Justicia (ÁMBITO NO TRANSFERIDO) ha comunicado esta mañana lo siguiente: 

    "Buenos días, como conocen con fecha 13 de los corrientes se abrió el plazo de presentación de solicitudes Acción Social 2021 para el Personal de la Administración de Justicia. Indicarles que se está observando que muchos de los solicitantes están haciendo caso omiso a las instrucciones recogidas en el Plan de Acción Social 2021. 

    Excepcionalmente, por motivos de actualización de bases de datos , este ejercio se ha solicitado la presentación de la totalidad de la documentación requerida, para cada supuesto, tanto recogida en las condiciones generales como específicas de las ayudas, motivo por el cual rogamos difundan esta información con el fin de no ralentizar el proceso de concesión de la Acción social 2021. Un saludo."

    Desde el Sector de Justicia de CCOO, recomendamos a todo el personal la lectura pormenorizada de las bases de la convocatoria, y en especial recordamos las siguientes cuestiones:

    1.- La presentación de la solicitud es telemática, a través del asistente del Ainoa, NO EN PAPEL. No se admitirán las que se presenten en papel (salvo algun caso muy tasado que se detalla en las bases).

    2.- En caso de no autorizar que se acceda a los datos, HAY QUE PRESENTAR LA RENTA DEL EJERCICIO 2019, en TODO CASO.

    3.- Este año, a diferencia de otros anteriores, HAY QUE PRESENTAR TODA LA DOCUMENTACIÓN ESCANEADA OBLIGATORIAMENTE, según se advierte en la convocatoria, aunque parezca que tienen los datos, hay que remitir escaneada la documentación.

    4.- En caso de haber presentado declaración complementaria del IRPF correspondiente al año 2019, deberá aportar, en todo caso, copia auténtica de dicha declaración, debido a que en estos supuestos la AEAT, no facilita el acceso a la declaración.

    5.- En caso de autorizar que se consulten los datos, NO HAY QUE OLVIDAR REMITIR LA AUTORIZACIÓN FIRMADA DEL CONYUGE/PAREJA y resto de personas que corresponda.

    Ante cualquier duda, podéis poneros en contacto con las delegadas y delegados de CCOO de vuestra provincia.