FSC-CCOO Sector Administración de Justicia | 29 marzo 2024.

El porcentaje de contagios de coronavirus entre el personal de la Administración de Justicia triplica el de la población española

    CCOO exige al ministro de Justicia, al presidente del Consejo General del Poder Judicial y a la Fiscal General del Estado para que rectifiquen las medidas y, en su lugar, implanten otras que, garantizando la prestación de los servicios esenciales, preserve en lo máximo posible la salud del personal.

    18/03/2020.
    Sede del Ministerio de Justicia, en Madrid

    Sede del Ministerio de Justicia, en Madrid

    El sindicato ha detectado hasta última hora de ayer 36 casos de contagio en los tribunales, fiscalías y servicios judiciales de toda España, de los que 26 se concentran en la Comunidad de Madrid. Esto supone una incidencia del 0,0661% en todo el Estado y de un 0,2341% en Madrid, mientras que, en el total de la población, los porcentajes de contagio son hasta el día de ayer del 0,0248% para toda España y del 0,0731% en la Comunidad de Madrid.

      NÚM. TOTAL NÚM. CONTAGIOS %
    Total España 47.100.376 11.681 0,0248
    EEPP de Justicia en España 54.502 36 0,0661
    Total Comunidad de Madrid 6.663.394 4.871 0,0731
    EEPP de Justicia en Comunidad de Madrid 11.108 26 0,2341

     El Sector de la Administración de Justicia de FSC-CCOO tiene conocimiento, además, de centenares de casos de personal con síntomas que han estado en contacto con personas contagiadas y que está pendiente de que sea determinada su posible afección.

    Para la prestación de los servicios esenciales de la Administración de Justicia que ha determinado el CGPJ, en una comisión tripartita junto al Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado en coordinación con las CCAA con competencias transferidas en materia de medios personales, ha fijado un número determinado de personal que debe permanecer físicamente en cada centro de trabajo para atender estos servicios esenciales. Todas estas medidas se han implementado sin consultar previamente a la representación de los trabajadores y de las trabajadoras afectadas.

    Desde que se decretó el estado de alarma, CCOO ha insistido al Ministerio de Justicia en que para la prestación efectiva de estos servicios esenciales no es necesaria la presencia física y continuada del personal, sino que es suficiente una situación de disponibilidad permanente en el domicilio para la asistencia al centro de trabajo solo cuando se precise la realización de este tipo de actuaciones judiciales, máxime cuando las medidas preventivas (como la propia Fiscal General del Estado reconoce en sus declaraciones a la prensa del día de ayer) brillan por su ausencia en la inmensa mayoría de las instalaciones judiciales, donde la inexistencia de mascarillas, guantes, papel desechable, gel desinfectante, etc. son la tónica general y sigue sin acometerse una limpieza, desinfección e higienización en términos mínimamente exigibles.

    El personal de Justicia está siendo innecesariamente sometido a una situación extrema de riesgo que es fácilmente solucionable, si se adoptan las siguientes medidas por parte del ministro Juan Carlos Campo, el presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, y la FGE, Dolores Delgado, llamamiento que hacemos extensivo a las consejerías de Justicia de las CCAA con competencias transferidas, especialmente al consejero de Madrid, Enrique López:

    1. Cierre inmediato del acceso al público para la ciudadanía y para los trabajadores y las trabajadoras de todos edificios judiciales. Solo se permitirá el acceso de las personas imprescindibles para la atención de servicios esenciales.
    2. Limpieza, desinfección e higienización de las sedes judiciales, comenzando de forma inmediata por las de Madrid, con la intervención de la Unidad Militar de Emergencias que, según ha podido saber este sindicato, ha ofrecido sus servicios a la Administración de Justicia.
    3. Prestación del servicio del personal de Justicia en régimen de disponibilidad desde su domicilio que solo se trasladará al centro de trabajo cuando sea requerido para ello por el responsable del servicio para las actuaciones que supongan servicios esenciales.
    4. Dotación inexcusable de las medidas preventivas necesarias para evitar en lo máximo posible futuros contagios.

    Por decisiones dispares, arbitrarias y, a veces, caprichosas de determinadas autoridades judiciales, se ha procedido al cierre de algunos centros de trabajo de la Administración, sin ningún criterio científico ni intervención de la autoridad sanitaria, no existiendo ningún protocolo de actuación en estos casos ni en caso de contagios, como también ha exigido este sindicato a las autoridades competentes.

    CCOO apela a la responsabilidad de estas autoridades porque existen mecanismos, como el que proponemos, que garantizan la atención a la ciudadanía en sus derechos fundamentales y en la tutela judicial efectiva, sin poner en más riesgos de los estrictamente inevitables la salud del personal. De no rectificar, puede provocarse además el contagio masivo del personal de Justicia que impida la atención de este servicio público esencial para el funcionamiento del estado democrático.

    ULTIMA HORA.- Acabamos de recibir comunicación del departamento de Justicia del Govern de la Generalitat de Catalunya que establece la permanencia obligatoria en las sedes judiciales solo del personal estrictamente necesario (juzgados de guardia y otros servicios esenciales como los relacionados con la atención a las víctimas de la violencia de en género y menores maltratados) quedando el resto en situación de disponibilidad, tal y como ha propuesto CCOO que aplaude esta decisión y conmina al resto de administraciones a actuar de igual forma.

    En el mismo sentido, aunque con distintos matices, hay también resoluciones de hoy mismo de los Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Catalunya.